La Comisión resolvió cinco medidas cautelares solicitadas por Morena, PRD, PAN y PRI
Por Félix Muñiz
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió cinco medidas cautelares, derivado de actos que podrían constituir diversas violaciones a la normativa electoral, tales como actos anticipados de campaña, violación al principio de neutralidad, equidad en la contienda, uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada, uso indebido de la pauta y la difusión de propaganda presuntamente calumniosa.
El partido Morena y dos ciudadanos denunciaron a Silvano Aureoles Conejo, al Partido de la Revolución Democrática (PRD) y a la persona moral Ferraez Comunicación, S.A. de C.V., derivado de la difusión de propaganda política electoral en favor de Aureoles en el estado de Michoacán.
El colegiado determinó improcedente ordenar el retiro de los espectaculares atribuidos a la Revista Líderes Mexicanos, en los que presuntamente se promociona al exgobernador de Michoacán, ya que el material denunciado constituye, en apariencia del buen derecho, publicidad de la revista, lo cual está amparado en la libertad de expresión, en su vertiente de libertad comercial.
PRD y Partido Acción Nacional (PAN) presentaron quejas en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, un diputado federal y el partido Morena. Los integrantes de la Comisión, por un lado, concluyeron que no procede la solicitud del PRD referente a ordenar la suspensión del evento denominado “Asamblea Informativa”, la cual tuvo lugar el pasado 12 de marzo, en el que supuestamente se promovió a la funcionaria federal, pues se trata de hechos consumados de manera irreparable.
Por otro lado, en la queja presentada por el PAN, se solicitó se suspenda la difusión de un video musical a través de medios de comunicación digitales, donde presuntamente se promueve la aspiración presidencial de la Jefa de Gobierno. El colegiado determinó que las publicaciones realizadas por W Radio, El Universal y Aristegui Noticias, forman parte del quehacer periodístico y, por tanto, no se justifica su retiro, mientras que en el caso de Facebook no se advierte la urgencia o peligro en la demora, por lo que no procede la solicitud para eliminar el contenido.
La difusión de promocionales en radio y televisión por parte de Movimiento Ciudadano (MC) fue denunciada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), en los que, a su juicio, se le acusa de un pacto en detrimento de las elecciones locales en curso.
Al respecto, por mayoría de votos, se concluyó que, bajo la apariencia del buen derecho, el promocional denominado POSTURAS SCW en sus versiones de televisión y radio, sí constituyen un acto de calumnia, pues las expresiones que aseguran que existe un pacto para las elecciones en el Estado de México y Coahuila, se consideran como hecho falso y no encuentran tutela bajo el amparo de la libertad de expresión, de ahí que la Comisión concluyó ordenar su retiro.
Morena, por su parte, se quejó del PAN, PRI, PRD y Nueva Alianza Estado de México, así como de los integrantes de la coalición “Va por el Estado de México”, por la difusión de un spot de radio, en el que, supuestamente, se menciona que el quejoso es el culpable de la corrupción, robo y violencia en la entidad mexiquense.
En este caso se concluyó que, bajo la apariencia del buen derecho, los promocionales denunciados no constituyen un acto de calumnia, al no existir elementos o expresiones que, de manera unívoca, lleven a la imputación específica dirigida a una persona en concreto de un hecho o delito falso, con impacto en los procesos electorales antes mencionados o, en algún otro proceso electoral, de ahí la improcedencia del retiro de los spots.
En todos los casos, también se negó la tutela preventiva solicitada, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Finalmente, la Comisión de Quejas y Denuncias resolvió 14 proyectos de Procedimientos Ordinarios Sancionadores (POS), mismos que serán llevados a consideración del Consejo General.