Toda persona tiene derecho a conocer la identidad del juez que lo está juzgando
Por Félix Muñiz

La discusión sobre la figura de los jueces sin rostro volvió al centro del debate legislativo tras la intervención de la senadora del PAN, Guadalupe Murguía Gutiérrez, quien aseguró que este mecanismo, aunque ya contemplado en la Constitución, viola derechos humanos y representa un retroceso en materia de garantías judiciales.
Durante la mesa de análisis titulada “Reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Seguridad judicial: retos y desafíos para la impartición de justicia”, la legisladora panista Guadalupe Murguía reconoció que preservar la seguridad de jueces, magistrados y operadores del sistema penal es una prioridad incuestionable. Sin embargo, advirtió que el remedio propuesto podría resultar más dañino que el problema que pretende resolver.
“La figura de jueces sin rostro viola derechos humanos”, sostuvo con firmeza. Argumentó que toda persona tiene derecho a conocer la identidad del juez que lo está juzgando, saber quién es, cuáles son sus características y si existen elementos para recusarlo. Desde su perspectiva, ocultar la identidad del juzgador rompe con principios básicos del debido proceso y de la transparencia judicial.
La legisladora queretana Murguía Gutiérrez también señaló una contradicción de fondo: mientras la reforma judicial impulsó que jueces y magistrados penales salieran a las calles a pedir el voto ciudadano, ahora se plantea que su identidad pueda reservarse en ciertos casos. “Hablar de identidad reservada es relativo”, explicó, pues si bien podría no difundirse el nombre en específico, en la práctica los juzgadores son identificables.
La senadora fue más allá al calificar la medida como inconstitucional e “inconvencional”, es decir, contraria a los tratados internacionales en materia de derechos humanos suscritos por México. Reconoció que, tras las modificaciones recientes sobre supremacía constitucional, una reforma de este tipo no puede impugnarse mediante acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, lo que deja prácticamente cerradas las vías internas de defensa.
En su intervención, celebró la disposición del senador Javier Corral para abrir el debate y explorar ajustes que acerquen la regulación de los jueces sin rostro a estándares más garantistas. En ese sentido, retomó la postura de especialistas que subrayaron que esta figura solo debería aplicarse bajo condiciones estrictas: cuando exista un riesgo actual y grave debidamente acreditado, y como última medida.
La preocupación de Murguía radica en que, sin un estándar suficientemente exigente, la figura pueda utilizarse en casos de personas “políticamente incómodas”, a quienes se les imputen delitos de delincuencia organizada para someterlas a procesos que vulneren sus derechos, sin posibilidad real de impugnación efectiva.
La senadora también cuestionó la eficacia del modelo en otros países. Mencionó experiencias como las de Colombia y Perú, donde en distintos momentos se implementaron jueces sin rostro para enfrentar al crimen organizado y al terrorismo. Incluso aludió al modelo de seguridad en El Salvador bajo el gobierno de Nayib Bukele, preguntando si realmente se logró una mejor condición de seguridad para jueces y magistrados.
Para la legisladora panista, el enfoque debe ir al origen del problema: combatir y desmantelar la delincuencia organizada, en lugar de modificar principios esenciales del sistema de justicia. “Tenemos que eliminar el origen”, enfatizó, al advertir que no se puede normalizar un esquema que limite derechos fundamentales como el acceso a un juez imparcial y plenamente identificado.
El debate sobre los jueces sin rostro, en el contexto de las reformas al sistema penal, abre una discusión de fondo sobre el equilibrio entre seguridad y derechos humanos. Para Guadalupe Murguía, ese equilibrio hoy se inclina peligrosamente hacia la opacidad, poniendo en riesgo garantías que han sido pilares del Estado de derecho en México.
