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Cámara de Diputados aprueba en lo general Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos

El dictamen obtuvo 330 votos a favor, 122 en contra y cero abstenciones; plantea ampliar el uso de pagos digitales, incorporar la CURP Digital y crear un Expediente Digital Ciudadano

Por Félix Muñiz

 

 

La Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que expide la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, con 330 votos a favor, 122 en contra y cero abstenciones. La propuesta, derivada de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el pasado 8 de septiembre, busca establecer un marco general para promover la adopción de medios de pago digitales y electrónicos en México.

El ordenamiento será de orden público y observancia general en todo el territorio nacional. Entre sus principales disposiciones contempla que los proveedores de bienes y servicios, así como las autoridades de los tres órdenes de gobierno, habiliten la infraestructura necesaria para recibir pagos mediante herramientas digitales y electrónicas.

El dictamen reconoce como medios de pago los códigos QR, dispositivos NFC, tarjetas de débito y crédito, órdenes de transferencia de fondos, domiciliaciones y otros dispositivos, tarjetas o interfaces que permitan realizar pagos o transferencias de recursos.

Uno de los aspectos centrales de la propuesta es la incorporación de la CURP Digital como mecanismo de confianza para la contratación digital de servicios financieros. Las personas usuarias podrán utilizarla, si así lo deciden, o recurrir a cualquier otro mecanismo de identificación oficial ante las entidades correspondientes.

También se crea el Expediente Digital Ciudadano, concebido como un mecanismo de confianza para consultar o utilizar documentos e información de las personas usuarias, particularmente en procesos vinculados con servicios financieros.

La iniciativa plantea, además, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determine los sectores estratégicos y actividades relevantes en los que los medios de pago digitales y electrónicos podrán constituirse como la única forma de pago. De acuerdo con el régimen transitorio, Hacienda contará con 15 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del decreto para establecer inicialmente esos sectores.

La aplicación de esta disposición deberá acompañarse de reglas administrativas que definan condiciones, requisitos y obligaciones, así como mecanismos y plazos para una transición gradual del efectivo hacia los medios digitales.

El proyecto también contempla una excepción relevante: cuando una contingencia impida temporalmente recibir pagos digitales o electrónicos, se permitirá utilizar efectivo o cheque. La contingencia comprende circunstancias extraordinarias, imprevistas o inevitables que afecten la infraestructura, sistemas o servicios necesarios para procesar las operaciones.

Las entidades financieras, por su parte, deberán promover la inclusión financiera, difundir sus productos y servicios, facilitar créditos y financiamientos mediante medios digitales y fomentar el uso de distintos niveles de cuentas de depósito.

Durante la discusión en lo particular se presentaron propuestas de modificación a diversos artículos del proyecto y a disposiciones transitorias. La aprobación en lo general abrió así la siguiente etapa del debate parlamentario, en la que se revisarán las reservas y modificaciones planteadas antes de continuar el proceso legislativo.

La discusión coloca en el centro de la agenda legislativa la transición hacia una economía con mayor utilización de herramientas digitales, pero también aspectos relacionados con infraestructura, inclusión financiera y continuidad de los pagos ante eventuales contingencias.

 

 

 

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